Honduras

República de Honduras

SÍMBOLOS

Bandera

De acuerdo con la Constitución de la República de Honduras, artículo 7, son símbolos nacionales la Bandera, el Escudo y el Himno.

Es el Decreto Legislativo no. 29, de 18 de enero de 1949, que reforma al Decreto legislativo no. 7 de 16 de febrero de 1866, el que establece la Bandera Nacional oficial:

«La Bandera Nacional de Honduras constará de tres franjas iguales y horizontales, la superior y la inferior de color azul turquesa, la del centro blanca y llevará en medio cinco estrellas de cinco ángulos salientes del mismo color azul, formando con cuatro de ellas un cuadrilongo paralelo a las franjas, siendo colocada la restante al centro del mismo cuadrilátero. El ancho del conjunto de las tres franjas deberá ser contenido dos veces en la longitud.»

Escudo

De acuerdo con la Constitución de la República de Honduras, artículo 7, son símbolos nacionales la Bandera, el Escudo y el Himno.

Fue creado en 1825 por Decreto Legislativo de la Asamblea Nacional Constituyente del Estado de Honduras y fue modificado por el Decreto Legislativo no. 16, de 10 de enero de 1935, pero la versión actual quedó reformada por el artículo 4 del Decreto Legislativo no. 29, de 18 de enero de 1949.

«El Escudo que debe usarse es un triángulo equilátero. En su base hay un volcán entre dos castillos, sobre los cuales está el arco iris y debajo de éste, tras el volcán, se levanta un sol esparciendo luz. El triángulo colocado sobre un terreno que figure bañado por ambos mares. En torno de él, un óvalo que contiene las letras de oro: REPÚBLICA DE HONDURAS LIBRE, SOBERANA, INDEPENDIENTE. – 15 DE SEPTIEMBRE DE 1821. En la parte superior del óvalo aparece un carcaj lleno de flechas de la que penden cuernos de la abundancia unidos por un lazo, y descansando todo sobre una cordillera de montañas, en las que descuellan tres árboles de roble a la derecha y tres pinos a la izquierda y en distribución conveniente, las minas, una barra, un barreno, una cuña, una almádana y un martillo.»

Himno

De acuerdo con la Constitución de la República de Honduras, artículo 7, son símbolos nacionales la Bandera, el Escudo y el Himno.

El Himno Nacional se declaró oficial en el Decreto Legislativo no. 42, de 13 de noviembre de 1915, y cuenta con música de Carlos Hartling y letra de Augusto C. Coello.

Música y letra

(primera estrofa)
India virgen y hermosa dormías

de tus mares al canto sonoro,
cuando echada en tus cuencas de oro
el audaz navegante te halló;
y al mirar tu belleza extasiado,
al influjo ideal de tu encanto,
la orla azul de tu espléndido manto
con su beso de amor consagró.

(coro)
Tu bandera es un lampo de cielo
por un bloque de nieve cruzado;
y se ven en su fondo sagrado
cinco estrellas de pálido azul;
en tu emblema, que un mar rumoroso
con sus ondas bravías escuda,
de un volcán, tras la cima desnuda
hay un astro de nítida luz..

Una versión del himno nacional hondureño, interpretado por la Orquesta Filarmónica Nacional de Honduras, bajo la dirección de Jorge Mejia, puede escucharse aquí.

Otros

El Decreto 39-93, emitido por el Soberano Congreso Nacional el 28 de junio de 1993, instituye a la Guacamaya o Guara Roja como el Ave Nacional de Honduras.


PRECEDENCIAS

De acuerdo con el Ceremonial Diplomático de Honduras, establecido el 5 de julio de 1950, entre los funcionarios civiles y militares y empleados públicos hondureños, regirá el siguiente orden de precedencia en las solemnidades y actos oficiales en que se encontraren reunidos los poderes del Estado:

  1. Presidente de la República.
  2. Presidente del Poder Legislativo
  3. Presidente del Poder Judicial
  4. Vicepresidente de la República
  5. Secretarios de Relaciones Exteriores, Gobernación, HaciendaFomento, Educación Pública y Guerra
  6. Vicepresidente del Poder Legislativo
  7. Subsecretario de Estado por orden de colocación de los Secretarios de Estado
  8. Magistrados de la Corte Suprema de Justicia
  9. Jefe y Subjefe del Protocolo
  10. Asesores Jurídicos
  11. Rector de la Universidad
  12. Decanos de las Facultades de la Universidad
  13. Fiscal General de Hacienda
  14. Presidente del Tribunal Superior de Cuentas
  15. Directores Generales (de Rentas, de Comunicaciones Eléctricas, etcétera
  16. Director de la Policía Nacional
  17. Tesorero General de la República
  18. Gobernador Político
  19. Presidente del Consejo del Distrito Central
  20. Generales de División
  21. Generales de Brigada
  22. Jefes y Oficiales del Ejército.
  23. Comisiones Oficiales.

LEGISLACIÓN

Decreto Legislativo no. 42, de 13 de noviembre de 1915.

Decreto Legislativo no. 29, de 18 de enero de 1949, que reforma al Decreto legislativo no. 7 de 16 de febrero de 1866. 

Decreto Legislativo no. 16, de 10 de enero de 1935.

Decreto Legislativo no. 39-93, de 28 de junio de 1993.


DOCUMENTOS

  • Ceremonial Diplomático de Honduras. Disponible aquí.

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