República Helénica
Símbolos
Bandera
La bandera nacional de la República Helénica fue establecida por la Ley 851/21-12-1978.
Es azul y blanca, consta de nueve franjas horizontales de igual ancho, de las cuales cinco (5) son azules y cuatro (4) son blancas, de modo que las franjas superior e inferior son azules , y no cambia alternativamente de blanco y azul. En la parte superior hacia el mástil o ángulo corto hay una cruz isósceles blanca vertical que se extiende a los cuatro lados del cuadrado azul que la contiene, ocupando de arriba abajo tres franjas azules y dos blancas.
El ancho de las antenas de la cruz es igual al de las tiras. La relación entre el ancho y el largo de la bandera es de dos (2) a tres (3), y la de la cinta a una novena parte del ancho.
Emblema
El emblema oficial del estado griego es una cruz de plata sobre un escudo, rodeada de hojas de laurel. A principios de 1975, el escudo comenzó a utilizarse en los documentos oficiales del Estado (Boletín Oficial del Estado, pasaportes, cédulas de identidad, etc.), así como en las raciones de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (militares, policía, bomberos). En 1976 apareció por primera vez en las monedas de dracmas.
El escudo de la República Helénica fue establecido por la Ley 48/1975.
Himno
El Himno Nacional de Grecia consta de las primeras estrofas del poema “Himno a la Libertad”, escrito en mayo de 1823 en la isla de Zakynthos por el poeta Dionysios Solomos. El poema se publicó en Mesolonghi un año después y el historiador francés Claude Charles Fauriel lo incluyó en una colección de canciones populares griegas. Fue musicalizado en 1828 por Nicholas Mantzaros, un músico de Corfú y amigo de Solomos, quien basó la melodía en un tema folclórico destinado a un coro masculino a cuatro voces, en lugar de una marcha militar. Después de eso, el “Himno a la Libertad” se cantaba y representaba regularmente durante las fiestas nacionales.
El poema “Himno a la Libertad” consta de 158 estrofas, de las cuales solo las primeras 24 fueron integradas al Himno Nacional. Las dos primeras estrofas son las que suelen tocarse para acompañar el izado y arriado de la bandera, y se interpretan en ocasiones oficiales. Durante la reproducción del himno nacional, uno debe permanecer firme.
Música y letra
Σὲ γνωρίζω ἀπὸ τὴν Κοψη
τοῦ σπαθιοῦ τὴν τρομερή,
σὲ γνωρίζω ἀπὸ τὴν ὄψι,
ποὺ μὲ βία μετράει τὴν γῆ.Ἀπ’ τὰ κόκκαλα βγαλμένη
τῶν Ἑλλήνων τὰ ἱερά,
καὶ σὰν πρῶτα ἀνδρειωμένη,
χαῖρε, ὢ χαῖρε, Ἐλευθεριά!
Una versión del himno nacional griego puede escucharse aquí, cortesía del usuario de YouTube Vassilis Kostoulas.
Precedencias
El orden de precedencia griego está designado por un Decreto del Ministerio del Interior (No. 76632/2021). De acuerdo con esta lista, el orden es como sigue:
Sección A
1. Presidente de la República,
2. Primer Ministro,
3. Presidente del Parlamento,
4. Arzobispo de Atenas y de Toda Grecia,
5. Líder de la Oposición Mayor,
6. Ex Presidentes de la República,
7. Vicepresidentes del Gobierno,
8. Líderes de los Partidos reconocidos por el
Reglamento interno del Parlamento y de los Partidos
participantes en el Parlamento Europeo,
9. Antiguos primeros ministros,
10. Ex presidentes del Parlamento,
11. Miembros del Gobierno y Viceministros
12. Rector del Cuerpo Diplomático,
13. Vicepresidentes griegos del Parlamento Europeo,
14. Vicepresidentes del Parlamento,
15. Comisario griego ante la Unión Europea y
Presidente de las Regiones Europeas,
16. Miembros del Parlamento,
17. eurodiputados griegos,
18. Presidentes del Consejo de Estado, del
Tribunal Supremo y del Tribunal de Cuentas,
19. Fiscal de la Corte Suprema,
20. Comisarios Generales del Tribunal de
Cuentas y Tribunales Administrativos Ordinarios,
Jueces griegos del Tribunal de la Unión Europea y
del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,
21. Presidente del Consejo Jurídico del Estado,
22. Jefe de ΓΕΕΘΑ
23. Gobernador de Distrito, cuando esté presente en el Distrito,
24. Alcalde, al comparecer en su Municipio,
25. Metropolita, cuando esté presente en su sede.
Sección B
26. Presidente de la Academia de Atenas,
27. Embajadores extranjeros acreditados en Grecia,
28. Miembros del Santo Sínodo de la Iglesia de Grecia,
29. Apocrisarianos y exarcas, líderes de otros
dogmas y otras religiones, en Atenas y Tesalónica
30. Gobernador del Banco de Grecia,
31. Grandes cruces,
32. Jefes de GES, GEN, GEA, Jefes de la Policía
Helénica, Guardacostas y Cuerpo de Bomberos, Jefe
de Flota, Jefe de ATA,
33. Secretario General de la Presidencia de la República,
34. Secretario General del Primer Ministro,
35. Secretario General de Asuntos Jurídicos y
Parlamentarios, Secretario General de Coordinación,
Secretario General de Comunicación e Información,
36. Secretario General del Parlamento,
37. Secretarios Generales y Secretarios Ministeriales de
Ministerios,
38. Coordinadores de Comandos Descentralizados,
39. Los Rectores o Presidentes de los Comités de Gobierno de
las Instituciones de Educación Superior,
40. Embajadores griegos con rango final,
41. Tenientes generales, vicealmirantes, vicealmirantes,
tenientes generales de la policía griega,
42. Secretario Especial de la Presidencia de la
República, Secretario Especial del Parlamento Helénico,
Secretarios Especiales de la Presidencia del Gobierno y
Ministerios,
43. Embajadores,
44. Presidente de Ε.Ν.ΠΕ.,
45. Presidente de Κ.Ε.Δ.Ε.,
Sección C
46. Presidentes y Fiscales de Apelaciones y Presidentes de
Tribunales Administrativos de Apelaciones en las Regiones,
47. Presidentes y Fiscales de Primera Instancia y Presidentes de
Tribunales Administrativos de Primera Instancia en Municipios,
48. Jueces de Paz y Jefes de Gabinete de
Tribunales en las Regiones y Municipios,
49. Vicegobernador Regional (Rural), al asistir a
su Unidad Regional,
50. Presidente del Consejo Regional, cuando esté
presente en su Región,
51. Otros Gobernadores Regionales,
52. Otros Vicegobernadores Regionales, cuando estén
presentes en su Región,
53. Provincia,
54. Presidente del Concejo Municipal cuando
comparezca en su Municipio,
55. Presidente PED,
56. Secretario Ejecutivo de Regiones,
57. Alcaldes de otros Municipios, de la respectiva Región,
58. Tenientes de Alcalde del Municipio,
59. Comisario del Tribunal de Cuentas en las
Regiones,
60. Los Consejeros Regionales cuando estén presentes
en su Región,
61. Los Concejales Municipales cuando asistan a su Municipio,
Sección D
62. Presidentes de Autoridades Independientes,
63. Presidente de los Interlocutores Sociales y del
Comité Económico y Social,
64. Contralmirantes, Contralmirantes, Contralmirantes,
Contralmirantes de la Policía Helénica, Contralmirantes L.S.,
Contralmirantes P.S.,
65. Generales de brigada, P.N. Generales de
brigada, PA Generales de brigada, Policía helénica
Generales de brigada, L.S.
66. Comandantes de los Comandos de las Fuerzas de
Seguridad y Guardacostas,
67. Ex Ministros y Viceministros,
68. Ex miembros del parlamento,
69. Presidente y Miembros de las Comunidades Municipales
cuando estén presentes – en su ámbito,
70. Presidentes de las Juntas de Personas Jurídicas de
Derecho Público y Privado de las Regiones y Municipios.
Sección E
71. Gobernadores de Organismos Públicos,
72. Presidente del Consejo de Administración del Fondo
de Depósitos y Préstamos,
73. Presidente del Consejo de Administración de ΕΛΤΑ,
74. Presidentes de otros Fondos de Seguros,
Organizaciones Institucionales en Atenas,
75. Presidente del Comité Ejecutivo de la Administración
Suprema de los Sindicatos de Empleados Públicos «ΑΔΕΔΥ»,
76. Presidentes del Consejo de Administración de Organizaciones Científicas
Panhelénicas de Atenas,
77. Presidentes de Cámara en Atenas,
78. Presidente de la Confederación General de Trabajadores Griegos,
79. Presidente de la Confederación General de
Profesionales y Artesanos de Grecia «ΓΣΕΒΕ»,
80. Presidente de la Confederación Panhelénica de
Asociaciones de Cooperativas Agrícolas «ΠΑΣΕΓΕΣ»,
81. Presidente de la Asociación de Industrias Griegas,
82. Presidente del Centro Laboral de Atenas (EKA),
83. Presidente de la Bolsa de Valores de Atenas,
84. Presidente del Centro de Empleo de Atenas,
85. Presidente de la Federación Panhelénica de Oficiales de Reserva,
86. Presidente de Asociaciones de Jubilados,
87. Presidente de la Asociación de Oficiales de Reserva y Guardias de Atenas,
88. Presidente de la Confederación Nacional General de Minusválidos y Víctimas de Guerra, en Atenas,
89. Representantes de los Sindicatos de Combatientes de la Resistencia Nacional en Atenas,
90. Presidentes de las Juntas Directivas de los Scouts Griegos y las Guías Griegas en Atenas,
91. Presidentes de Organizaciones de Veteranos, Oficiales, Suboficiales y Soldados, en Atenas
92. Representantes de la Hermandad de la Cruz Roja Helénica, en Atenas.
Sección F
93. Presidentes de las Juntas Directivas del ΝΠΔΔ,
94. Presidentes de Fondos Portuarios y Presidente del
Directorio Autoridad Portuaria del Pireo (ΟΛΠ) para la ciudad
del Pireo,
95. Presidente de la Sociedad de Estudios Macedonios en
Tesalónica,
96. Jefes de Servicios Públicos y ΝΠΔΔ en
Municipios,
97. Los oficiales de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas
de Seguridad, de la Guardia Costera y de los Bomberos,
en servicio activo, según orden jerárquico,
98. Superintendentes Distritales de Scouts y Guía
Griega en uniforme en los Municipios,
99. Presidentes de Organismos Científicos de las
Regiones y Municipios,
100. Presidentes de Cámara en Tesalónica,
101. Presidentes de Ramas de Asociaciones de
Jubilados,
102. Presidentes de Organizaciones de Inválidos y
Reservistas,
103. Representantes de Asociaciones de Resistencia
Nacional en las Regiones y Municipios,
104. Superintendentes Regionales de Scouts y Guía
Griega en uniforme en las Regiones,
105. Presidentes de Cámaras de Municipios y
Regiones,
106. Presidentes de Organismos Profesionales de las
Regiones y Municipios y Presidentes de Sociedades
Literarias de los Municipios,
107. Presidentes de Organizaciones Obreras,
108. Presidentes de Asociaciones de Cooperativas Agropecuarias
109. Presidentes de otras Asociaciones y Sociedades.
Previsiones adicionales para la ciudad de Tesalónica
Además de la serie prescrita en el anterior artículo, especialmente para la ciudad de Thessaloniki, se aplica lo siguiente:
a) Cuando están presentes los Cónsules Generales Acreditados, se colocan después del Metropolitano
b) Cuando esté presente el Presidente del Colegio Nacional de Magistrados, lo seguirá a los Cónsules Generales Acreditados
c) Cuando estén presentes el Letrado del Estado correspondiente y los Presidentes y Fiscales de Apelaciones y de los Tribunales de Apelaciones Administrativos y un representante del Tribunal de Cuentas, se colocarán después del Presidente de la Escuela Nacional de Jueces
d) Cuando está presente el Comandante General del III Cuerpo de Ejército, sigue a las Autoridades Judiciales.
Casos especiales
1. En caso de que el Presidente de la República no esté presente, pero su Representante haya sido designado por escrito, ocupará el cargo prescrito de Presidente de la República.
2. En caso de que el Primer Ministro no esté presente, pero su Representante haya sido designado por escrito, ocupará el cargo prescrito de Primer Ministro.
3. En caso de que el Presidente del Parlamento no esté presente, pero se haya designado por escrito un Representante del Presidente del Parlamento, éste ocupará el cargo prescrito de Presidente del Parlamento.
4. En caso de que el Arzobispo de Atenas y de toda Grecia no esté presente, pero su
Representante haya sido designado por escrito, ocupará el cargo prescrito de Arzobispo.
5. En el caso de que se designen miembros del Gobierno o secretarios generales de Ministerios como representantes del Gobierno en días festivos locales, precederán a todas las autoridades locales.
6. En caso de que los Líderes de los Partidos o Grupos parlamentarios reconocidos por el Reglamento del Parlamento y de los Partidos participantes en el Parlamento Europeo no estén presentes, pero sus Representantes hayan sido designados por escrito, si son diputados, ocuparán el lugar de los diputados, si no lo son, se colocan al final del Departamento.
7. En caso de que el Jefe de la ΓΕΕΘΑ no esté presente, pero se designe un representante por escrito, éste asumirá el cargo prescrito de Líder de la ΓΕΕΘΑ.
8. En los demás casos en que el invitado no pueda asistir, pero se designe por escrito un representante, éste tomará asiento al final de la sección en que esté clasificado el invitado.
9. El orden de precedencia dentro de una misma categoría de cargo se determina con base en las disposiciones especiales aplicables.
10. En las Regiones y Unidades Regionales, los Decanos o Presidentes de las Juntas de Gobierno de Superiores de Instituciones Educativas seguirán al Jefe de la
Oficina Judicial.
Comandante de la Guardia Mayor
El Comandante Mayor de Guardia, cuando está presente en las sedes de las Regiones, Unidades Regionales y Municipios, sucede a los Presidentes de los Tribunales. Si es de grado inferior a los actuales Oficiales de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Seguridad o de la Guardia Costera, se le coloca de acuerdo con el Orden establecido por los reglamentos militares.
Legislación
Ley 851/21-12-1978 Sobre la Bandera Nacional, Banderas Militares y el Distintivo del Presidente de la República, publicada en ΦΕΚ A-233/1978. Disponible aquí.
Ley 48/1975 Sobre la bandera nacional de Grecia, la bandera de la República Helénica, el juramento de los funcionarios públicos en general, el tipo de sellos de las autoridades públicas y sus documentos, publicada en ΦΕΚ A-108/1975. Disponible aquí.
Decreto del Ministerio del Interior para Determinar el orden de prioridad de los invitados por las autoridades públicas, organizaciones e instituciones (número 76632/2021), publicada en ΦΕΚ B-4961/26.10.2021. Disponible aquí.